Ganadero se hacía pasar como peón de una hacienda para no pagar la pensión de su hijo en Chontales - Nicaragua

Un fuerte ganadero que se hizo pasar como peón para no pasar una pensión justa a su hijo autista y a la ex esposa, fue desenmascarado con investigaciones del Juzgado Tercero de Familia, que ahora lo está obligando a pagar lo correcto.




Ganadero desenmascarado





El caso se comprobó después que varias instituciones remitieron la información que una jueza de Familia les solicitó, para resolver un juicio de divorcio unilateral con accesoria de alimentos.






Tras obtener detalles sobre el capital del ganadero, la judicial impuso al hombre la obligación de pagar 10 mil córdobas de manutención a su hijo autista y una compensación de 5 mil dólares a su ex esposa.






Durante el proceso abierto en su contra por la demanda de su ex esposa, el hombre de 50 años dijo que sus ingresos como peón eran de 4 mil 300 córdobas, y hasta presentó una planilla de la finca en la que supuestamente trabajaba.






La jueza doctora Xiomara Rivera Zamora dijo que con la prueba documental, escrituras de compra venta de bienes inmuebles, testimonios y demás pruebas, se confirmó que el hombre no es jornalero sino un productor agropecuario.






Se constató que el hombre desarrolla como principal actividad económica la crianza, ordeño y compraventa de ganado. Al revisar informes de la alcaldía de Villa Sandino, Chontales; matadero central, Registro de la Propiedad y la policía, la judicial concluyó que el hombre enajenó los bienes en procura de impunidad y es dueño de dos fincas, cría y comercializa ganado.






También constató que en 17 años de relación conyugal, la demandante contribuyó en adquisición de bienes, como una pulpería en Managua, y que gracias al trabajo de la mujer, en un año se convirtió en miscelánea.






La jueza tercero de distrito de Familia tasó en 180 mil córdobas la pensión compensatoria a favor de la demandante, para lo cual tomó como base el patrimonio construido durante la unión matrimonial. El fundamento legal que la judicial invocó para razonar la resolución es el Código de Familia.






Información cortesía: www.nuevaya.com.ni







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